1. El mapa del licenciamiento por tecnología y capacidad
El primer paso para cualquier desarrollador de energía renovable es identificar qué autoridad es competente y qué ruta de licenciamiento aplica, según la tecnología y la capacidad instalada del proyecto. El siguiente cuadro resume el marco vigente en mayo de 2026:
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Tecnología |
Capacidad |
Autoridad competente |
Ruta de licenciamiento |
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Solar fotovoltaico |
< 10 MW |
No requiere licencia ambiental |
Permisos ambientales específicos según impactos |
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Solar fotovoltaico |
10 MW a 100 MW |
ANLA |
LASolar — Decreto 1033 de 2025 (ruta optimizada) |
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Solar fotovoltaico |
> 100 MW |
ANLA |
Trámite ordinario de licencia ambiental |
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Eólica |
< 10 MW |
CAR jurisdicción |
Licencia ambiental ordinaria ante CAR |
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Eólica |
10 MW a 100 MW |
ANLA |
LAEólica — Decreto 1186 de 2025 (ruta optimizada) |
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Eólica |
> 100 MW |
ANLA |
Trámite ordinario de licencia ambiental |
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PCH — Sistema Interconectado |
< 10 MW |
CAR jurisdicción |
Licencia ambiental ante CAR |
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PCH — Sistema Interconectado |
10 MW a 100 MW |
CAR jurisdicción |
Licencia ambiental ante CAR |
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PCH — Sistema Interconectado |
> 100 MW |
ANLA |
Trámite ordinario de licencia ambiental |
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PCH — Zonas No Interconectadas |
≤ 10 MW |
No requiere licencia ambiental |
Concesión de aguas y permisos específicos |
Una aclaración importante sobre las PCH: a diferencia de los proyectos solares y eólicos, las pequeñas centrales hidroeléctricas no tienen una ruta de licenciamiento optimizada equivalente a la LASolar o la LAEólica. Su trámite sigue la ruta ordinaria ante las CAR para capacidades menores de 100 MW, lo que implica tiempos y requisitos significativamente mayores que los de las nuevas rutas optimizadas para solar y eólica.
2. LASolar (Decreto 1033 de 2025): qué es y qué cambia
Vigente desde el 30 de septiembre de 2025, la LASolar aplica a proyectos de generación solar fotovoltaica con capacidad instalada entre 10 y 100 MW. Es una ruta de licenciamiento optimizada, no una exención de licencia: el proyecto sigue siendo evaluado por la ANLA y recibe una resolución de licencia, pero el procedimiento es más ágil y los requisitos documentales están predefinidos.
2.1 Ventajas frente al trámite ordinario
- No requiere Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA) para los activos de conexión incluidos en el proyecto, lo que elimina una etapa que en el trámite ordinario puede tomar entre 6 y 12 meses adicionales.
- Términos de referencia específicos por proyecto en 15 días hábiles. A diferencia del trámite ordinario donde el desarrollador trabaja con términos de referencia genéricos, en la LASolar la ANLA expide términos de referencia elaborados específicamente para cada proyecto, ajustados a la sensibilidad del territorio y las obras previstas, en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la verificación de criterios. A mayo de 2026, la ANLA ha expedido 12 términos de referencia específicos y tiene en evaluación el primer EIA radicado bajo esta ruta — el Parque Solar DSE Neiva de 19,9 MW.
- Plazos perentorios en todas las etapas, lo que reduce la incertidumbre regulatoria que históricamente ha afectado la financiación de proyectos de energía renovable.
- Posibilidad de incluir activos de conexión en la misma licencia, siempre que cumplan los criterios de inclusión, evitando trámites separados para la infraestructura de evacuación.
- Cambios menores simplificados, con un listado específico de cambios que no requieren modificación formal de la licencia, definido expresamente en el Decreto 1033.
2.2 Requisitos de localización — criterios de exclusión
- Áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) ni en sus zonas de amortiguamiento.
- Humedales RAMSAR o ecosistemas de manglar.
- Páramos y subpáramos, ni en sus zonas de influencia definidas por el IDEAM.
- Zonas de reserva forestal de ley 2ª de 1959, salvo las clasificadas como Tipo A con posibilidad de sustracción.
- Territorios de comunidades étnicas sin haber surtido el proceso de consulta previa.
2.3 El componente de participación comunitaria en la LASolar
Uno de los aspectos más relevantes de la LASolar es que incorpora explícitamente mecanismos de asociatividad con comunidades locales y gobernanza social. El decreto promueve que las comunidades del área de influencia puedan participar en el desarrollo del proyecto, no solo como receptoras de información sino como actores con posibilidad de vinculación económica. Esto tiene implicaciones directas en la estrategia de relacionamiento que debe diseñar el desarrollador desde la etapa de prefactibilidad.
3. LAEólica (Decreto 1186 de 2025): qué es y qué cambia
Firmada el 10 de noviembre de 2025, la LAEólica aplica a proyectos de generación eólica con capacidad instalada entre 10 y 100 MW. Al igual que la LASolar, es una ruta optimizada que no elimina la evaluación ambiental pero sí la estructura de manera diferente al trámite ordinario.
3.1 Criterios técnicos de diseño incorporados en la licencia
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Distancias mínimas a centros poblados, viviendas, nacederos, ríos y playas.
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Uso de tecnologías que previenen afectaciones a aves y murciélagos (sistemas de detección y parada, revisión de paletas).
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Restricción de construcción a zonas ya transformadas (no se puede intervenir ecosistemas naturales).
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Instalación de turbinas con estándares de ruido y seguridad específicos.
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Uso eficiente del suelo con criterios de densidad de turbinas por hectárea.
3.2 Proyectos eólicos en zonas de reserva forestal
El Decreto 1186 introduce una disposición especialmente relevante para proyectos en zonas de la Reserva Forestal de Ley 2ª de 1959: los proyectos eólicos con capacidad entre 5 y 100 MW ubicados en zonas Tipo C de la reserva, y los proyectos de hasta 5 MW independientemente de su clasificación, pueden desarrollarse sin necesidad de sustracción del área de reserva forestal, siempre que no requieran nuevos accesos o apertura de vías y cumplan los criterios de inclusión de la LAEólica. Esto elimina una de las causas de demora más frecuentes en proyectos de energía renovable en zonas de reserva.
3.3 Plazos en la LAEólica
El decreto establece plazos específicos para la ANLA en cada etapa del trámite. Un ejemplo: una vez radicado el EIA, la ANLA tiene un máximo de 5 días hábiles para verificar la documentación y expedir el auto de inicio del trámite. Esto elimina la incertidumbre sobre cuándo empieza formalmente la evaluación.
4. Pequeñas Centrales Hidroeléctricas (PCH): la ruta más exigente
A diferencia de la solar y la eólica, las PCH no cuentan con una ruta de licenciamiento optimizada equivalente. Su trámite sigue la ruta ordinaria de licencia ambiental, con características propias que las hacen especialmente complejas:
Autoridad competente según capacidad
4.1 Permisos ambientales adicionales en PCH
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Concesión de aguas para el uso del recurso hídrico (caudal de diseño).
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Permiso de ocupación de cauce para las obras en el lecho del río.
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Permiso de aprovechamiento forestal si hay intervención de coberturas boscosas.
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Plan de manejo de caudal ecológico, con el régimen de caudales que debe mantenerse aguas abajo de la captación.
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Permisos de vertimiento si el proyecto genera aguas residuales en operación.
4.2 El caudal ecológico: el tema más crítico en el licenciamiento de PCH
El caudal ecológico — el volumen mínimo de agua que debe quedar fluyendo en el río después de la captación — es la variable que más determina la viabilidad y la rentabilidad de una PCH. La ANLA y las CAR lo definen caso a caso basándose en estudios hidrológicos, y puede representar entre el 15% y el 25% del caudal medio anual del río. Un caudal ecológico definido por encima de las proyecciones del desarrollador puede reducir la generación esperada en un porcentaje significativo y cambiar completamente la ecuación financiera del proyecto. Negociar técnicamente el caudal ecológico con la autoridad, con sustento en estudios hidrológicos robustos, es uno de los aspectos más importantes del proceso de licenciamiento de una PCH.
5. El componente de consulta previa en proyectos de energía renovable
- Los mejores recursos renovables suelen estar en zonas con presencia étnica. Las regiones con mayor potencial solar (La Guajira, Caribe seco) y eólico (La Guajira, Caribe costero) tienen alta presencia de comunidades indígenas y afrocolombianas. Los ríos con mejor potencial hidroeléctrico frecuentemente atraviesan territorios con arraigo étnico.
- La consulta previa puede duplicar o triplicar el tiempo de licenciamiento. Incluso con las rutas optimizadas LASolar y LAEólica, si el proyecto requiere consulta previa, el proceso consultivo ante la DANCP suspende los plazos de la ANLA hasta que concluya. Un proceso de consulta previa puede tomar entre 12 y 36 meses adicionales.
6. Comparativo de rutas de licenciamiento por tecnología
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Criterio |
LASolar |
LAEólica |
PCH |
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Decreto |
Decreto 1033 de 2025 |
Decreto 1186 de 2025 |
Decreto 1076 de 2015 (ruta ordinaria) |
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Capacidad aplicable |
10 a 100 MW |
10 a 100 MW |
Según CAR: < 100 MW; ANLA: ≥ 100 MW |
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Autoridad competente |
ANLA |
ANLA |
CAR (< 100 MW) / ANLA (≥ 100 MW) |
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Requiere DAA |
No (para activos de conexión) |
No (criterios predefinidos en decreto) |
Sí, en algunos casos |
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Plazos ANLA perentorios |
Sí |
Sí (ej: 5 días para auto de inicio) |
No (plazos ordinarios) |
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Cambios menores listados |
Sí (Decreto 1033) |
Sí (Decreto 1186) |
Parcialmente (resoluciones sectoriales) |
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Permisos adicionales requeridos |
Escasos (uso de suelo, vertimientos menores) |
Escasos (similares a solar) |
Múltiples (concesión aguas, cauce, forestal) |
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Tiempo estimado sin consulta previa |
6 a 10 meses |
6 a 10 meses |
12 a 30 meses (varía por CAR) |
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Tiempo con consulta previa |
18 a 36 meses adicionales |
18 a 36 meses adicionales |
18 a 36 meses adicionales |
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Principal riesgo de demora |
Localización en zona excluida / consulta previa |
Localización en zona excluida / consulta previa |
Caudal ecológico / capacidad CAR / consulta previa |
7. Lo que debe hacer el desarrollador antes de iniciar el trámite de licencia
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Verificar la localización del proyecto respecto a las zonas de exclusión de la LASolar o la LAEólica. Si el área cae en alguna zona de exclusión, el proyecto debe tramitar la ruta ordinaria, lo que implica tiempos y costos significativamente mayores.
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Solicitar la certificación de presencia de comunidades étnicas ante la DANCP antes de radicar la solicitud de licencia ante la ANLA o la CAR. Descubrir la necesidad de consulta previa después de iniciado el trámite puede suspenderlo por uno o dos años adicionales.
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Para PCH, realizar estudios hidrológicos robustos que permitan sustentar técnicamente la propuesta de caudal ecológico ante la CAR. Un caudal ecológico sobreestimado puede comprometer la viabilidad financiera del proyecto.
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Preparar la cartografía del proyecto en los formatos SHP requeridos por la plataforma VITAL desde el inicio del proceso técnico, no al final. Los errores de formato son la causa más frecuente de devolución de radicaciones.
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Identificar la CAR competente en el caso de PCH y evaluar los tiempos y requisitos específicos de esa Corporación antes de comprometer cronogramas de financiación y construcción.
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Incorporar el equipo de gestión social desde la etapa de prefactibilidad. Las rutas LASolar y LAEólica exigen relacionamiento comunitario y, en el caso de la LASolar, promueven mecanismos de asociatividad con comunidades que deben diseñarse antes del inicio del trámite.